Geolocalización de los trabajadores según la LOPD

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El acceso a los datos de geolocalización de los trabajadores se considera un tratamiento de datos de carácter personal, es por ello necesario cumplir la normativa vigente de Protección de Datos.

Se considera dato de geolocalización “cualquier dato tratado en una red de comunicaciones electrónicas que indique la posición geográfica del equipo terminal del usuario de un servicio de comunicaciones electrónicas disponible para el público”.

Hoy en día, ya no solo las grandes empresas se dotan de los avances tecnológicos para controlar los distintos procesos de trabajo, entre los que se encuentra la geolocalización de los trabajadores.

Con estas herramientas la empresa puede saber al instante donde se encuentra uno de sus vehículos o uno de sus empleados.

¿Es legal la geolocalización de los trabajadores?

Si, es legal, es más, la empresa lo puede instalar sin el consentimiento del empleado, eso sí, es un requisito ineludible la adecuada información de la implementación del sistema y de la finalidad del mismo.

Los trabajadores deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco, entre otras cuestiones, de las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos. En el caso de no informar correctamente al empleado,  puede provocar hasta la nulidad de un despido.

El uso del GPS y el tratamiento individualizado de los datos del dispositivo, está justificado siempre que cumpla con los requisitos de idoneidad y proporcionalidad.

¿Qué pasa con mi intimidad?

La clave que legitima el control o vigilancia del empleado mediante GPS u otro sistema de geolocalización, estriba en que el empresario tiene una potestad de dirección y gestión de la actividad de sus empleados, pero sólo durante la jornada laboral, ya que una vez que finaliza esta, debe cesar toda medida de control que interfiera en la vida privada del trabajador.

¿Y si aparco el coche de empresa en mi domicilio?

Fuera del horario laboral, el empresario ya no está legitimado, según confirma el TSJ de Asturias, a recabar datos de los coches utilizados por los trabajadores mediante estos dispositivos de control, pese a que los vehículos sean propiedad de la empresa y estén bajo la custodia de los empleados usuarios.

¿Quiero instalar geolocalización en los vehículos de empresa?

No existe ningún impedimento a esta media, recomendamos que se ponga en manos de profesionales como Aixa Corpore s.l. para la correcta implantación del sistema de geolocalización.

De todos modos, la nueva LOPD que está previsto que se apruebe antes de finales de año se centrará en la privacidad de los empleados ante sistemas audiovisuales o de geolocalización en el trabajo, por lo que les tendremos informados de cualquier novedad que surja al respecto.

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