En vigor la nueva ley Protección de Datos

nueva LOPD

Hoy, día festivo en el que se conmemoran los 40 años del Referéndum Constitucional , nos levantamos con la noticia de la publicación en el BOE de la nueva «Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales«, que será efectiva a partir de mañana viernes 7 de diciembre.

Esta nueva Ley adapta nuestro ordenamiento jurídico al Reglamento General de Protección de Datos, cuya entrada en vigor definitiva se produjo el pasado 25 de mayo, como venimos informando de manera puntual a través de nuestra web o de diferentes acciones formativas.

Por regla general, y en la mayoría de las pequeñas empresas y profesionales que no manejan datos de carácter sensible, no habrá modificaciones sustanciales en su manera de actuar ni en la documentación actualizada al RGPD.

A continuación pasamos a describir, de manera esquemática, los cambios introducidos:

DPO

Se recoge de un modo más detallado los casos en que será necesaria la incorporación de la figura del Delegado de Protección de Datos, ya que el RGPD lo establecía de un modo genérico.

 

MENORES

La LOPDGDD fija la edad mínima para prestar el consentimiento para el tratamiento de datos personales por parte de los menores a partir de los 14 años, ya que el RGPD permitía que fueran los estados miembros los que fijasen la edad concreta dentro de la horquilla entre 13 y 16 años.

 

DERECHOS DIGITALES

Acceso universal a Internet, neutralidad de la red, seguridad digital, educación digital y derecho específico de rectificación en internet aplicable tanto a medios digitales como a redes sociales.

 

VIDEOVIGILANCIA Y GEOLOCALIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES

Se establecen los parámetros para el uso de grabaciones y videovigilancia, así como la posibilidad de utilizar sistemas de localización en el ámbito laboral, siempre y cuando la empresa informe previamente a sus empleados del uso de estas medidas y dispositivos.

Se prohíben su uso en zonas de descanso y esparcimiento.

Por otra parte, la empresa podrá acceder a los contenidos de los dispositivos digitales facilitados a sus trabajadores y garantizar la integridad de los mismos, cumpliendo determinados requisitos.

 

DESCONEXIÓN DIGITAL

Fuera de la jornada laboral la nueva ley reconoce este nuevo derecho, aunque de un modo impreciso ya que deja en manos de las empresas y de los representantes legales de los trabajadores definir su ejercicio y su implementación.

Para ello será necesaria la creación de una política de uso responsable de los dispositivos

 

Si tiene alguna duda o quiere realizar una consulta puede ponerse en contacto con nosotros por cualquiera de los medios de contacto disponibles, en AIXA CORPORE estamos para ayudarle.

 

 

 

 

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