La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), incluye una serie de consultas sobre salud realizadas por los Delegados de Protección de Datos (DPO), indicando un criterio a seguir sobre dichas cuestiones:
¿Los padres tienen derecho al acceso del historial medico de un menor de 14 años?
La normativa civil permite el acceso de los progenitores a la información sanitaria de sus hijos/as sobre los que ostenten la patria potestad para velar adecuadamente por su salud en cumplimiento de las obligaciones de la patria potestad.
El menor de edad también podría ejercer el derecho de acceso a su historia clínica a partir de los 14 años, si bien este ejercicio no puede entenderse como limitación al derecho de los titulares de la patria potestad del menor no emancipado a acceder a su información sanitaria.
¿Necesario consentimiento de participantes en un estudio de investigación biomédica para la grabación de imágenes y audios y su difusión?
El consentimiento para el tratamiento de datos personales se ha de prestar por los propios interesados o por sus representantes legales. Para lo menores de edad, pero mayores de 14 años se requerirá igualmente el consentimiento de padres o tutores cuando la Ley exija la asistencia de los padres y tutores, así como para los mayores de edad que estén sometidos a tutela.
¿Pueden los centros sanitarios comunicar los datos a las aseguradoras?
El centro sanitario podrá comunicar los datos estrictamente necesarios para la facturación del servicio dado al paciente, a las compañías aseguradoras sin necesidad de contar con el consentimiento explícito de los interesados.
¿Quién es el responsable de la historia clínica de Centros Sanitarios distintos en las mismas instalaciones?
En la normativa se consagra el principio de máxima integración, al disponer que “La historia clínica comprende el conjunto de los documentos relativos a los procesos asistenciales de cada paciente, con la identificación de los médicos y de los demás profesionales que han intervenido en ellos, con objeto de obtener la máxima integración posible de la documentación clínica de cada paciente, en el ámbito de cada centro.
¿Qué recomendamos?
Las consultas realizadas por los distintos DPO son una oportunidad para conocer el criterio de la Agencia, aprovechamos desde AIXA CORPORE , para sacar a relucir la importancia de categorizar ciertos datos personales como categoría especial como pueden ser datos sanitarios, como se hizo mención en nuestra anterior publicación sobre «Datos de salud y protección de datos».