Certificación de los Delegados de Protección de Datos

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Con al entrada en vigor del Reglamento UE de protección de datos, comenzaron a surgir las primeras dudas respecto a las empresas que debían nombrar o no delegados de protección de datos.  A finales de año se promulga la Ley 3/2018 de Protección de datos y garantía de los derechos digitales, donde se facilita una lista detallada de aquellos sectores que deben tener esta figura de manera obligatoria.

Una vez aclarado este aspecto, se han empezado a publicar informaciones confusas respecto a si los delegados de protección de datos tiene que estar certificados por al Agencia o algunas de las Entidades certificadoras acreditadas o no.

¿Puedo ser del delegado de protección de datos?

Pues bien,  la Ley es muy clara en este sentido y no deja opción a plantear ninguna duda:

«Artículo 35. Cualificación del delegado de protección de datos.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 37.5 del Reglamento (UE) 2016/679 para la designación del delegado de protección de datos, sea persona física o jurídica, podrá demostrarse, entre otros medios, a través de mecanismos voluntarios de certificación que tendrán particularmente en cuenta la obtención de una titulación universitaria que acredite conocimientos especializados en el derecho y la práctica en materia de protección de datos

Para poder obtener esta certificación, la Agencia Española de Protección de Datos ha establecido un procedimiento de verificación que puede consultarse en el siguiente enlace.

Además, las únicas entidades que pueden certificar delegados de protección de datos son aquellas que han sido acreditadas por ENAC conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17024:2012 y en el ámbito de la aplicación del Esquema de Certificación de Delegados de Protección de Datos.

Hasta la fecha, las Entidades de certificación acreditadas por ENAC, son:

ENTIDAD ENLACE WEB ESTADO ACREDITACIÓN ESQUEMA AEPD-DPD FECHA ACREDITACIÓN
IVAC INSTITUTO DE CERTIFICACIÓN, SL www.ivac.es DEFINITIVA 07/09/2018 20/C-PE034
ASOCIACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, ISMS FORUM www.ismsforum.es DEFINITIVA 11/10/2018 21/C-PE034
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CALIDAD (AEC) www.aec.es DEFINITIVA 26/10/2018 02/C-PE00
ANF AUTORIDAD DE CERTIFICACION ASOCIACION, ANF AC www.anf.es DEFINITIVA 25/01/2019 23/C-PE031

 

En este proceso para autorizar a las entidades certificadoras, ha habido una baja destacada como es el caso de AENOR, entidad certificadora por excelencia, que ha visto cómo su certificación provisional no ha sido confirmada como definitiva, afectando a más de 100 profesionales que han efectuado el examen de certificación con ella y que actualmente se encuentran en una situación de indefensión, pues la formación o certificación de los DPD con esta entidad ahora no tiene ningún valor.

Para poder presentarse al examen de certificación de Delegado de Protección de Datos hay que superar un proceso de formación regulado de unas 180 horas de curso o experiencia basada en cinco años, sabiendo que si se tiene menos experiencia profesional se puede convalidar por menos horas de formación de esas ya comentadas 180 horas. Pero, como indicamos al principio del presente artículo, la certificación no es obligatoria, si no voluntaria.

Lo importante es dejarse asesorar por profesionales acreditados y con una experiencia contrastada en el sector.

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